Según se acordó en la Asamblea General, del pasado 25 de marzo, y según consta en los Estatutos (artículos 25-30-32-35-36-37-38-39-40-41), se convocan elecciones para Presidente de la Agrupación de Cofradías, Hermandades y Corporaciones Bíblicas de Puente Genil.
La fecha de inicio de presentación de candidaturas es el día de hoy 14 de mayo de 2019 y finaliza el 25 de mayo de 2019; el día 4 de junio de 2019, publicación de resolución de las candidaturas y el 27 de junio de 2019, Asamblea General Extraordinaria de Elección de Presidente.
La Junta electoral, está formada hasta la constitución de la mesa en la Asamblea Extraordinaria convocada para tal efecto por el Rvdo. Padre D. José Manuel Gordillo como consiliario de la Agrupación, el secretario de la Agrupación, como presidente de la mesa, en representación de las Corporaciones Francisco Fernández Reina ( Presidente del Imperio Romano )y en representación de las Cofradías Francisco Manuel Benítez Moscoso ( Cofrade Mayor de Nuestra Señora de la Guía).
Las candidaturas a Presidente deberán presentarse a la Junta Electoral, en la sede de la Agrupación, en calle Contralmirante 2, Ex Convento de Los Frailes, (previo aviso al Secretario 679-630517) dentro del plazo descrito anteriormente para la presentación de candidaturas.
LOS REQUISITOS PARA SER PRESIDENTE
El Presidente de la Agrupación será el Presidente de la Junta Directiva, debiendo ser un seglar que reúna los siguientes requisitos:
• Ser mayor de edad.
• Residir en la villa de Puente Genil.
• Ser miembro de alguna Entidad Agrupada con participación en la misma durante al menos los últimos cinco años, y haber sido miembro de su Junta Directiva.
• No ejercer cargo de dirección en partido político u organización sindical o patronal o de autoridad política nacional, autonómica, provincial o local.
Una vez transcurrido el plazo para la presentación de candidaturas, la Junta Electoral admitirá o rechazará, en los diez días siguientes, mediante resolución motivada las candidaturas presentadas, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos previstos en los presentes Estatutos y demás normas que se establezcan en los Reglamentos de desarrollo. Dicha resolución será expuesta en el tablón de anuncios de la sede de la Agrupación, a la vez que comunicada por escrito a los interesados.
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